La admisión del alumnado en los centros educativos públicos y privados-concertados de Castilla-La Mancha para el próximo curso se regulará a través de un nuevo Decreto de Admisión aprobado esta misma semana por el Consejo de Gobierno.
Este Decreto, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del 13 de enero, regula los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de Castilla-La Mancha.
En los próximos días, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, publicará la Orden de desarrollo del proceso de admisión y seguidamente la Resolución por la que se convoca la admisión para el curso 2017-2018.
Según las previsiones de la Consejería, el plazo de presentación de solicitudes de plaza se desarrollará entre el 15 de febrero y el 15 de marzo próximos.
El proceso de admisión plantea una serie de novedades en la norma que lo regula con las que se quiere avanzar en igualdad y transparencia en los procedimientos, garantizando, al mismo tiempo, la libre elección de centro mediante la oferta de diferentes opciones al solicitar una plaza.
Este nuevo Decreto destaca por varias cuestiones, en primer lugar busca la conciliación familiar y social, considerando preferentes la presencia de hermanos matriculados en el centro, padres o tutores legales que trabajen en el mismo, la cercanía del centro educativo al lugar de residencia habitual o domicilio laboral de las familias y ser familia numerosa.
Además tiene en cuenta como criterio prioritario la proximidad del domicilio al centro educativo, para todos los centros y para todos los alumnos y alumnas.
La garantía constitucional de la libre elección de centro queda respetada por lo establecido en el Decreto, de manera que todo el alumnado que solicite un puesto escolar en un centro no universitario público o privado concertado será admitido en él, salvo que el número de puestos escolares sea inferior al número de solicitudes, en cuyo caso la admisión se regirá por los criterios establecidos.
Así, se establece un baremo con el que se puntuarán las solicitudes en el caso de que haya un número superior al de plazas ofertadas y que queda tal y como aparece en la infografía que acompaña este texto.
El nuevo Decreto determinará que en lo referente a las áreas de influencia, las Direcciones Provinciales de la Consejería consultarán a los sectores afectados y al Consejo Escolar de cada localidad, y, si fuera necesario, delimitarán las áreas de influencia para el segundo ciclo de Educación Infantil y las enseñanzas obligatorias.
Los criterios para fijar las áreas de influencia vendrán dados por la capacidad de cada centro, puestos escolares vacantes y la población escolar de su entorno, de forma que cualquier domicilio quede comprendido en un área de influencia con una oferta suficiente de centros.
Para ordenar y facilitar el proceso de admisión, la Consejería podrá adscribir cada uno de los centros docentes públicos de Educación Infantil a centros de Educación Primaria, y cada uno de los centros de Educación Primaria a centros de Educación Secundaria. Igualmente, podrá adscribirse centros de Educación Secundaria Obligatoria a otros que impartan enseñanzas de Bachillerato.